jueves, 27 de octubre de 2011

CERTIFICADO DE DEPOSITO Y CONTENIDO DE LAS CUENTAS ANUALES DEL 2010

CERTIFICADO DE DEPOSITO Y CONTENIDO DE LAS CUENTAS ANUALES DEL 2010

Este documento es un certificado emitido por el Registro Mercantil, y firmado por el registrador en el que dice FULANO DE TAL, registrador mercantil de la provincia, certifica, que la empresa TAL ha presentado las cuentas del ejercicio 2010, en tal fecha y que han sido depositadas y calificadas, y lo que adjunto es copia fiel de lo que obra en mi poder.

Este certificado consta de 50 páginas en papel timbrado....

Da igual si no dice exactamente este texto, pero lo que queremos es que quede claro, que no es lo mismo, un Certificado de depósito y contenido, que una copia simple, aunque ambos estén sellados y emitidos por el Registro Mercantil, y mucho menos es igual a que os hagáis fotocopia de lo que se presentó.

Maribel Cruz - 667 001 996 infoas@infoas.es

sábado, 22 de octubre de 2011

Recibe Información por Correo Electrónico

Recibe Información por Correo Electrónico

Varios cambios en la ley de contratación pública (contratación con Ayuntamientos, Ministerios, Comunidades Autónomas, entre otros) hacen necesario que estemos en contacto, el envío de cartas conlleva un esfuerzo económico importante, por lo que le pedimos que se dé de alta enviando un mail a esta dirección: lista@infoas.es para enviarle la información que vaya saliendo (cambiarán próximamente los subgrupos, la nomenclatura, las categorías exigibles en los contratos y probablemente el modelo de expediente).
La empresa INFOAS CONSULTING, S.L. con el domicilio indicado en el encabezamiento es propietaria de la base de datos, inscrita en la Agencia de Protección de Datos con el número registro: 2021850638, sólo se enviará información cuando sea realmente necesario, (publicación del Reglamento, Renovaciones Financieras, Notas informativas de la Junta Consultiva, Cambio de Modelos de Expedientes, Cambio en los criterios para otorgar las Prórrogas, Cambio de domicilio, etc.), la información se realizará sólo por este medio en horario de 10-12. Si desea dar de baja o rectificar los datos en nuestro poder, puede hacerlo en las direcciones y teléfonos indicados.

En este blog http://infoas-contratacion-publica.blogspot.com/ puede hacer aportaciones y consultar las de otros usuarios.

Alta en la lista de INFOAS.ES envíe un correo a infoas@infoas.es

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Maribel Cruz Tel: 91 446 25 21 movil 667 001 996

viernes, 21 de octubre de 2011

POLITICA DE PRIVACIDAD, NOTA LEGAL

POLITICA DE PRIVACIDAD, NOTA LEGAL

A efectos de lo dispuesto en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSICE) los datos de nuestra empresa son:

INFOAS CONSULTING, S.L.U., CIF B-83168880, Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid , tomo 18.514, libro 0, folio 215 sección 8 hoja M-321749 inscripción 1ª, domiciliada en MADRID, CL ESCOSURA, 7, 3ºA, CP:28015, email: infoas@infoas.es. Tel: 91 446 25 21, Fax: 91 593 28 89, móvil 667 001 996. En adelante LA EMPRESA, representada por Maria Isabel Cruz Carralero.

Así mismo se le informa de:

DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

LA EMPRESA en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal 15/1999, de 13 de diciembre y de la LSSI, le informa que los datos de carácter personal que nos facilite a efectos de consulta o inscripción serán recogidos e incorporados a un fichero de datos, del cual es responsable la propia empresa, y que sus datos han sido obtenidos por el propio interesado o bien de fuentes accesibles al público. Que el objeto de dicho tratamiento será el de gestión de las consultas y solicitudes recibidas, así como la posible información periódica que el interesado pudiera recibir de nuestra compañía en el futuro. Que el interesado goza en todo momento de los derechos de acceso, oposición, cancelación y rectificación de los datos recogidos mediante comunicación escrita a CL ESCOSURA, 7, 3ºA, CP:28015 Madrid, por correo electrónico infoas@infoas.es indicando nombre apellidos y cargo de la persona que solicita dicha baja. Si no desea que le remitamos más información, puede comunicárnoslo a la misma dirección. En determinadas áreas de nuestro Web se solicita al usuario una serie de datos de carácter personal. En cualquier caso, el usuario siempre tiene la opción de aceptar o rechazar las condiciones legales en las cuales facilitará esos datos. Se considera esa aceptación como consentimiento informado, y autoriza expresamente el tratamiento automatizado de los datos para el envío de informaciones comerciales de LA EMPRESA. El usuario tiene en cualquier momento derecho a acceder a esta información, pudiendo rectificarla, cancelarla u oponerse a ella. El fichero en el que se incluirán los datos personales es propiedad de LA EMPRESA, y está registrado en la Agencia de Protección de Datos con el nº registro: 2021850638

Asimismo, LA EMPRESA considera que los datos de los usuarios registrados son de la mayor importancia y por ello se compromete al cumplimiento de su obligación de secreto de los datos de carácter personal y de su deber de tratarlos con confidencialidad, por lo que ha elaborado un Documento de Seguridad que recoge las medidas destinadas a proteger la confidencialidad de los datos de carácter personal que obran en su poder, de acuerdo con la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal 15/99 y el RD 994/99.

NAVEGACIÓN

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viernes, 14 de octubre de 2011

REGISTRO MERCANTIL DE MADRID PEDIR CERTIFICADO DE DEPOSITO Y CONTENIDO DE LAS CUENTAS

Tanto para la inscripción en el ROLECE como para la acreditación de la Solvencia Financiera una vez que la Junta haya hecho un requerimiento.

Cuando la Junta pide un Certificado de depósito y contenido de las cuentas del 2010 está pidiendo: un certificado firmado por el Registrador Mercantil en el que dice que adjunta copia fiel de lo presentado (balances, memorias, auditoria, certificado acuerdo accionistas), la Junta da la opción que se haga directamente por mail, pero este sistema no nos gusta porque la empresa tiene que pagar el informe y no tiene comprobante de haber aportado dichos documentos puesto que van por mail del Registro Mercantil a la Junta.

¿Cómo pedir el informe al Registro Mercantil?

1.- Llamar al teléfono 91 576 1200 ext 224 y confirmar con el CIF y NOMBRE de la empresa que las cuentas ya han sido calificadas por el Registrador Mercantil

2.- Pedir por fax al 91 578 05 66 ó 91 578 06 90, dicho informe indicando CIF y NOMBRE DE LA EMPRESA, que se desea un Certificado de Depósito y contenido de las cuentas de tal año y si es por requerimiento de la Junta indicarlo y también adjuntar la carta de la Junta. Y poner los datos de contacto (mail y movil) para que os avisen cuando lo tengan, luego sería recogerlo y pagarlo.

3.- Las empresas que son clientes nuestros, no hace falta que hagan nada de lo anterior, simplemente nos confirman que quieren que le pidamos este informe y si nos han contratado para el trámite en cuestión (ROLECE o RF) lo único que tienen que abonarnos es el importe que cobre el Registro Mercantil por la emisión del certificado menos de 50 € en casi todo tipo de sociedades.
 
Por Maribel Cruz infoas@infoas.es Tel: 91 446 25 21 Móvil: 667 001 996

lunes, 26 de septiembre de 2011

COMO PREPARAR UN CONCURSO PÚBLICO. Por Carmelo García.

COMO PREPARAR UN CONCURSO PÚBLICO
Por Carmelo García.

INTRODUCCIÓN

Alguna vez te has preguntado: ¿Qué hay que hacer para participar en un concurso público y ganar un contrato con el Estado?

Y si ya habéis licitado y te has sorprendido de que la puntuación obtenida sea muy baja en relación con la que han obtenido otras empresas licitadoras, habrás pensado “que no hemos entendido bien lo que querían que aportásemos”, o que hay otros muchos más baratos, o… que ya se sabe ¡Seguro que estaría amañado!

¡Dios nos libre de los amaños ajenos!, pero a pesar de que, como las bruxas, haberlos… hailos, la verdad es que si viésemos el expediente del ganador, seguramente nos aclararía muchas dudas sobre la calidad de nuestra oferta.

Yo puedo decir que he ganado muchos concursos, tantos que quizá lleguen al 15 % de los que he participado, lo que me da un ranking excelente y me promete que seguiré perdiendo el 85% de los que preparo. Aquí y a petición de Maribel Cruz, que me ha ayudado bastante en mis aciertos, voy a daros algunos consejillos para novatos, para que mejoréis vuestras posibilidades, sobre todo si no habéis conseguido línea directa con el “bruxa buena (para alguno) y su escoba mágica”,

En este artículo no voy a profundizar en los concursos que por su complejidad o especialización afectan a obras o servicios poco comunes. Esos van destinados a empresas con un departamento de concursos y subastas que no necesita mis consejitos. Voy a procurar que sirva de manual práctico.

Deberemos descargarnos del B.O.E. y tener siempre a mano la LEY 30/2007 de 30 de octubre DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO (en adelante L.C.S.P.) y el R.D. 817/2009 que es el primer desarrollo publicado sobre la misma.

1. TIPOS DE CONTRATO Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN

¿A qué queremos presentarnos?

Lo primero de todo es saber distinguir los concursos, La preparación difiere mucho según estos dos parámetros básicos: Por el tipo de contrato y por el procedimiento de adjudicación. Y aquí no hay más remedio que citar la Ley

Según el Art. 5 de la L.C.S.P. la calificación de los contratos es la siguiente:

Contratos de obras, concesión de obras públicas, gestión de servicios públicos, suministro, servicios y de colaboración entre el sector público y el sector privado que celebren los entes, organismos y entidades pertenecientes al sector público

Los más comunes son tres: Suministros, Obras y Servicios.

Y según el Art. 122 de la L.C.S.P. dice: sobre los procedimientos de adjudicación:


La adjudicación se realizará, ordinariamente, utilizando el procedimiento abierto o el procedimiento restringido. En los supuestos enumerados en los artículos 154 a 159, ambos inclusive, podrá seguirse el procedimiento negociado, y en los casos previstos en el artículo 164 podrá recurrirse al diálogo competitivo.

Los contratos menores podrán adjudicarse directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuente con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación, cumpliendo con las normas establecidas en el artículo 95.

Se consideran contratos menores los contratos de importe inferior a 50.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 18.000 euros, cuando se trate de otros contratos, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 190 en relación con las obras, servicios y suministros centralizados en el ámbito estatal.








2. ¿COMO NOS ENTERAMOS DE LA CONVOCATORIA?





Este es un punto importante. Si se trata de un concurso esperado deberemos estar pendientes de su publicación en el DOUE (Diario Oficial de la Unión Europea) BOE (Boletín Oficial del Estado) o en los diarios de la comunidades o municipales, ya que saldrá con un plazo limitado. Y si conocemos el organismo convocante, el Perfil del Licitador de su página web y la Plataforma de Contratación del Estado, donde se recogen todas las publicaciones de los organismos del Estado, nos facilitarán los pliegos de condiciones y toda la información complementaria para preparar nuestra oferta.





Pero si se trata de localizar oportunidades de negocio, entonces es muy conveniente suscribirse a una de las empresas que diariamente otean todas las publicaciones y nos ofrecen el resumen de lo que nos interesa, bien por localizaciones o bien por actividades. La más conocida es “Subastas y Concursos”.





3. ESTUDIO PREVIO





En primer lugar debemos leer los pliegos de condiciones tanto administrativos como técnicos en los que nos van a informar de las exigencias mínimas para ser admitidos en el concurso y las posibilidades de puntuación que podemos conseguir.





Revisaremos las exigencias de solvencia, Clasificaciones de Contratistas del Estado, seguro de R.C. plazos de ejecución, medios materiales y personales obligatorios, fianzas, etc. hasta llegar a los Criterios de Adjudicación. Cuándo hay un solo criterio (necesariamente el precio) el concurso se convierte en una clásica subasta, pero hoy suelen ser varios los criterios de adjudicación, y normalmente estarán divididos en dos apartados:





1. Criterios valorables en cifras o porcentajes: Se refiere a aquellos en los que las ofertas podrán puntuarse de forma “matemática”, y cuya principal partida, y muchas veces la única es el precio. La puntuación se establece mediante la aplicación de una fórmula anticipada en el pliego.





2. Criterios NO valorables en cifras o porcentajes: Aquí están los criterios de evaluación subjetivos en los que los técnicos que revisen las ofertas tienen la oportunidad de valorar desde su punto de vista profesional la calidad de las ofertas, las garantías que ofrece el licitador o las mejoras incluidas. Normalmente se establecen varios subcriterios con especificación de los puntos máximos a cada uno de ellos y los criterios a valorar para las puntuaciones.





El reparto de los puntos entre los dos criterios básicos es bastante esclarecedor de las intenciones del organismo convocante con respecto al peso que el precio tendrá en la adjudicación. No hace mucho tiempo solía ser habitual repartir los puntos entre los dos criterios básicos al 50, si bien esta tendencia está variando (¡La crisis!) al 60-40, 70-30 e incluso 80-20, siempre primando los criterios de precio.





Haciendo un pequeño simulacro de todo lo recogido en la revisión de los pliegos, tendremos:





I. En primer lugar, el cumplimiento de nuestra empresa de las condiciones obligatorias, tanto administrativas como técnicas.





II. En segundo lugar las posibilidades de encajar nuestros precios de coste en los criterios valorables en cifras o porcentajes,





III. Y por último las condiciones para puntuar en cada uno de los subcriterios establecidos NO valorables. Un cero en alguno de los apartados es un “K.O. técnico”.





Este es el punto de “no retorno”. Si cumplimos las condiciones exigibles y entendemos que la memoria técnica que podemos preparar obtendrá alguna puntuación en los criterios NO valorables, podremos comenzar a preparar nuestra oferta.





Si el simulacro no nos sonríe, es mejor desistir que hacer un trabajo costoso y especializado para terminar frustrado y pensando en las “bruxas”. Tan solo las grandes empresas, “normalmente pertenecientes a grupos de las constructoras” que tienen un departamento especializado, pueden permitirse “disparar a todo lo que se mueve” porque cuentan además con unas generosas posibilidades de “baja” en el precio de la oferta, ya que su objetivo principal no suele ser el beneficio del contrato licitado, si no otros intereses colaterales que le hacen interesante para ellos. Aunque después intentarán “exprimir” a los subcontratistas.





Y si el problema que nos impide licitar es la falta de documentos obligatorios, casi siempre relacionados con la clasificación de contratistas, debemos recurrir a un experto (INFOAS lo es) para que vea qué posibilidades hay de resolver el problema, bien recurriendo el pliego, subcontratando parcialmente o buscando socios para crear una UTE (Unión Temporal de Empresas); y desde luego, poniéndonos en marcha para que en la próxima ocasión el excluido sea otro.






4. SI, PODEMOS





Pues sí. Con el estudio previo positivo, ya podemos ponernos a trabajar en la preparación de la oferta. Normalmente deberemos repartirnos el trabajo: Cada departamento, un sobre.





El pliego administrativo establece cómo debe presentarse la oferta (suele haber un anexo con un resumen, ya que el pliego recoge gran cantidad de información general en parte no aplicable a nuestra oferta en particular). Lo habitual será entregar nuestra oferta en tres sobres: A, B, y C. con el siguiente reparto:





El sobre A (ó 1) contendrá la documentación administrativa.





El sobre B (2) incluirá la documentación técnica.





Y en el sobre C (3) pondremos la oferta económica.





Todos los sobres llevarán visible en su exterior:





- El título del concurso y número de expediente.





- La identificación de la empresa licitadora: Nº C.I.F., domicilio, teléfono, fax y correo.





- Y la identificación del apoderado: Nombre, Nº DNI, y firma original.





- Todos los sobres se entregarán cerrados, y algunos siguen diciendo que lacrados, pero yo ya he dejado de hacerles caso.





Por todo ello, lo ideal es personalizarlos mediante una etiqueta adhesiva en tamaño DIN-A4, que nos permitirá diseñar el contenido en la pantalla del ordenador copiarlo directamente en el sobre.





El contenido de cada sobre debe ir encuadernado y comenzar con un índice de la documentación que contiene. Los índices, además de ser obligatorio, nos servirán para copiar directamente del pliego todos los documentos solicitados, que ya hemos comprobado que disponemos, y evitar que se nos olvide alguno.





El sobre A





Las escrituras de constitución, adaptación, cambios en el capital, domicilio, etc. así como los poderes notariales del firmante de toda la documentación aportada (poderes que deben estar bastanteados por un letrado del organismo, cuando así lo especifica el pliego y que equivale al pago de una tasa recaudatoria, sobre todo en los ayuntamientos), hay que entregarlas en copias auténticas (notariales) o pasar varios días antes por el organismo para que compulsen las fotocopias con los originales.





Y lo mismo haremos para compulsar las clasificaciones de contratistas, altas en Industria, pólizas de seguro, y otros documentos que hayan sido incluidos como obligatorios.





Los certificados, y declaraciones, serán siempre originales, firmados por el apoderado, y con el texto copiado de los modelos que adjuntan como anexos. Debemos tener preparados los certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social ya que aunque nos valga para la presentación con la declaración firmada de estar al corriente, en caso de adjudicación hay que presentarlos en cinco días. Estos certificados se consiguen fácilmente mediante sistemas telemáticos y tienen una duración de 6 meses.





Y si no nos cabe en el índice, pondremos en hoja independiente, los datos propios para que nos hagan llegar cualquier notificación. Donde estemos seguros que va a funcionar el fax, correo, teléfono, contestador, etc. por si nos requirieran para cualquier subsanación, a veces con muy poco tiempo y si no nos enteramos, seremos excluidos sin remedio.





Durante mucho tiempo han existido Registros de Licitadores en ministerios, comunidades autónomas o ayuntamientos en los que se han podido entregar los documentos necesarios para los concurso de sus organismos, una sola vez, sirviéndote en adelante para todas las convocatorias del organismo. Con el certificado que relata todos los documentos depositados se evita el tener que entregar copia de esos documentos. Ahora tenemos el ROLECE, (Registro Oficial de Licitadores de Empresas Clasificadas del Estado) que nos sirve para depositar todos los documentos mencionados y con su certificado recibido podremos presentarnos en cualquier Organismo Público de España sin necesidad de volver a aportar estos documentos.





Por último, y si nos lo piden, tendremos que adjuntar el resguardo de haber depositado la fianza provisional. (La nueva Ley permite no solicitar esta fianza, que no deja de ser un engorro para los organismos, además de un gasto considerable para todos los licitadores sin ningún sentido práctico). Ni siquiera vale para el adjudicatario, que tendrá que sustituirla por la definitiva, con otros importes y contenidos. Es importante conocer que los Certificados de Caución son tan válidos como los avales, y suelen ser bastante menos costosos.





El sobre B





El índice de este sobre no es tan estricto como el del sobre A. Aquí podemos utilizar nuestra creatividad, sin embargo es muy recomendable copiar, tanto en orden como en enunciado, las condiciones que se solicitan en el pliego técnico.





Debemos empezar por los criterios NO valorables que establezca el pliego técnico, y desarrollar cada uno de los apartados, teniendo en cuenta los datos que nos solicita para la valoración de cada uno de ellos. Es muy importante disponer de un certificado de haber visitado las instalaciones cuando esto sea viable, (en mantenimientos suele exigir el conocimiento de las instalaciones, y establece una visita obligatoria para todos los licitadores y no hacerlo es excluyente, por lo que hay que llamar en los primeros días para conocer si hay visita conjunta en fecha fija). Un pequeño reportaje fotográfico con comentarios, suele tener buen efecto sobre el evaluador, pero sobre todo debe servirnos para conocer el grado de conformidad del cliente con la situación actual, y las necesidades que esperan cubrir con las adquisiciones o servicios del contrato en licitación.





Desde luego en este sobre se vuelca toda la eficacia comercial del vendedor. Debemos conocer qué esperan que se les ofrezca en cada apartado a valorar y explicarles cómo vamos a realizar nuestro trabajo, especificando con documentación, los medios humanos y materiales que vamos a destinar, tanto de la empresa, como subcontrataciones, apoyos de fabricantes, servicios técnicos, etc.





La clave es la seguridad. Todo aquello que al evaluador le transmita seguridad en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el pliego será muy bien valorado, y una de las mejores bazas será disponer de certificados positivos de haber ejecutado obras similares. Si son en el mismo organismo, aunque no sean similares, también valen.





Debemos presentarle a los técnicos que van a ejecutar los trabajos, adjuntándoles su currículo técnico con sus titulaciones, carnés profesionales, años de antigüedad y obras o servicios en los que han participado.





No olvidemos aquellos certificados de ISO de que dispongamos, los nombramientos de Servicio Técnico Oficial, y los de adhesión a Organizaciones Empresariales, nombramientos para puestos en directivas en asociaciones, distinciones recibidas por la Sociedad o empleados, y también los certificados de asistencia de nuestro personal a reuniones, congresos o conferencias sobre temas relacionados.





Es muy importante incluir alguna mejora sobre lo establecido en el pliego técnico aunque no sea obligatoria. Las horas de personal técnico libres de cargo son muy apreciadas y si damos con una necesidad no satisfecha tendrá su peso en oro en la puntuación técnica.





Y he dejado para el final un punto que es de los más importantes: Los tiempos. Una planificación de las operaciones, suministros en hitos en diagrama de Gantt resulta sumamente eficaz y convincente.





La oferta debe completarse con documentación comercial de la empresa que vuelva a crear la sensación de confianza. Como todo esto puede ser voluminoso el utilizar una caja adecuada, será bien recibido.






El sobre C





Este es más simple. Tan solo llevará la oferta económica, eso sí respetando el modelo que se incluya en el pliego administrativo. Mucho cuidado en la cifra. Poner siempre el importe sin IVA, el importe del IVA y el TOTAL, y repetir éste escrito en letra.





Y comprobar que no piden detalles añadidos (reparto por edificios, u ofertas adicionales evaluables en fórmulas, que siempre debe especificar que se incluyan en este sobre).





El precio suele el criterio de mayor peso en las adjudicaciones. Toda la información que obtengamos y nos ayude a acertar en nuestra oferta será bienvenida. Me refiero a cómo se adjudico el anterior contrato similar, que empresas acudieron, como fue la apertura, etc.





Desde luego que mi recomendación es que se haga un exhaustivo estudio de todos los costes directamente repercutibles al contrato pretendido, incluyendo además todos los indirectos que puedan generar, tales como incremento de gastos generales, e incluso costes financieros etc.





Pero también que se recojan los precios reales en las contrataciones, tanto del personal, con posibles subvenciones, costes absorbidos por personal con escasa ocupación, ahorros de escala, rápeles, etc. y sin olvidar las posibles facturaciones adicionales, ampliaciones, etc. que previsiblemente se vayan a producir.





Una buena seguridad en los costes, con ofertas específicas de proveedores y subcontratistas, nos dará las garantías necesarias para asegurar los márgenes. La simplificación de añadir un margen único sobre el total de costes suele traer malas consecuencias.





Si nosotros hacemos las ofertas a un único margen sobre costes, la subcontratación, que ya ha cargado su margen, nos colocará fuera del mercado en cuanto haya alguien compitiendo con costes directos.





Y por último un buen estudio de costes debe tender a eliminar esa partida final de Imprevistos, que es responsable de la pérdida de buena parte de los contratos “previstos”.







5. CONCLUSIÓN:





Espero que estos consejillos os sean útiles y sobre todo prácticos. Si conseguís algún contrato después de leer estas líneas, decírmelo para pediros la comisión comercial correspondiente, que en este caso será un “cafelito” en buena compañía.





No desesperéis si no obtenéis los resultados a la primera. Hace unos años, en el sector que yo más he trabajado, cada concurso recibía una media de 8 licitadores. Ahora la media es de 25. ¡Y eso que dicen que las AA.PP. no pagan!, que es verdad que pagan tarde, pero entre preparar concursos públicos y concursos de acreedores privados, mejor los públicos.





Y desde luego que una buena preparación de la documentación para concursos, es aprovechable para la mejora en la presentación de todo tipo de ofertas. La forma de preparar las ofertas técnicas del sobre B y los estudios de coste del sobre A, tienen muchos puntos en común con las ofertas a clientes privados, además de que las contrataciones a través de programas informáticos de diálogos competitivos ya están por todas partes.





Finalmente solo queda lo del reparto de suerte, competir lealmente y convencernos que las bruxas no existen… ¿NO?





Y si necesitáis más ayuda y os fiais de alguien que pierde el 85% de sus intentos, podéis escribirme a:





garciacarmelo@telefonica.net TEL: 607 484 616 ó Maribel Cruz 91 446 25 21 infoas@infoas.es





Carmelo Garcia

viernes, 29 de abril de 2011

DECLARACIÓN Artículo 103.2 LCSP

DECLARACIÓN Artículo 103.2 LCSP

Declaración responsable de que se ha tenido en cuenta en la elaboración de la oferta las obligaciones relativas a la fiscalidad, protección del medio ambiente, empleo, y condiciones laborales.

D. ____________________________ CON DNI , en su calidad ________ , de la sociedad _________________ con domicilio en ____________________, Teléfono _____________, Fax: ___________________ correo electrónico: ________________y CIF: .

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD

Que ha tenido en cuenta, en la elaboración de la oferta, las obligaciones derivadas de las disposiciones vigentes en materia de fiscalidad, protección del medio ambiente, empleo, y condiciones laborales recogidas en el Artículo 103.2 LCSP





Y para que conste y surta los efectos oportunos ante el Gerente y Mesa de Contratación a efectos de licitar, expido y firmo la presente declaración



Fecha y lugar:

En ______________ a ____ de ______ de _____



FIRMA
*****************************************************

Importante que la fecha sea correcta si no solo por eso pueden echar a la empresa del concurso. También cuando se pide este documento es porque se ha puesto a disposición por parte del Organo de contratación información importante en esta materia, antes de hacer y firmar la declaración hay que asegurarse de esos gastos o tasas que deberá pagar:

Articulo 103.1 El órgano de contratación podrá señalar en el pliego el organismo u organismos de los que los candidatos o licitadores puedan obtener la información pertinente sobre las obligaciones relativas a la fiscalidad, a la protección del medio ambiente, y a las disposiciones vigentes en materia de protección del empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, que serán aplicables a los trabajos efectuados en la obra o a los servicios prestados durante la ejecución del contrato.


Publicado por Maribel Cruz infoas@infoas.es  Tel: 91 446 25 21






sábado, 9 de abril de 2011

GUÍA PARA LA PREPARACIÓN DE DOCUMENTACIÓN PARA LICITAR A UN CONCURSO

Si esta publicación contradice en algo al posterior artículo escrito por Carmelo García, rogamos tengan en cuenta a Carmelo como especialista en esta materia.

PREPARACIÓN DE DOCUMENTACIÓN PARA LICITAR A UN CONCURSO

1º Los organismos públicos contratan el suministro de bienes, servicios u obras, para hacerlo deben regirse por la LCSP Ley de Contratos del Sector Público, que legisla todo el proceso a seguir.

2º se anuncia el concurso en el BOE, o mediante cualquier otro medio, por ejemplo la plataforma de contratación: http://contrataciondelestado.es/wps/portal/plataforma

3º en el anuncio se informa de las bases del contrato y de donde se pueden obtener los pliegos administrativos y técnicos, normalmente por internet o correo electrónico. En los pliegos vienen los requisitos que deben cumplirse para poder ser adjudicatario del concurso y es preciso hacerlo bien, puesto que la empresa no sólo debe cumplirlos sino demostrarlo.

4º a la documentación se debe acompañar:

ADMINISTRATIVOS: hoja de identificación, identificación del licitador, autorizaciones de la empresa, inscripción en Registros de Licitadores ROLECE, declaración de no estar incurso en prohibición para contratar declaración de estar al corriente de obligaciones tributarias y con la seguridad social, certificado de cumplimiento de obligaciones tributarias, certificado de cumplimiento de las obligaciones con la seguridad social, certificado de existencia de seguro de responsabilidad civil profesional, informe de entidades bancarias, documento acreditativo de haber depositado la garantía provisional, cifra de negocios de los últimos tres años, relación de trabajos realizados durante los últimos cinco años, medios humanos y técnicos a disposición del proyecto.

DOCUMENTACIÓN TÉCNICA

plan de trabajo medidas para asegurar la calidad y las cuestiones que se deriven del pliego técnico.

Esta guía pretende dar unas pautas a las personas que se enfrentan a la tarea de licitar, en el caso de que Ud. ya haya realizado esta tarea alguna vez, posiblemente no le sea de utilidad.

MODO DE PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN

En general, la documentación se presenta en tres “sobres”, aunque siempre hay que hacerlo de la forma en la que se pide en cada concurso: correspondientes a la documentación administrativa, la técnica y la oferta económica.

Cada uno de los sobres debe llevar en el exterior estos datos

- Identificación del sobre (A,B,C; 1,2,3....)

- Título del sobre (documentación administrativa; documentación técnica; oferta económica...).

- Número de expediente: viene en el anuncio del concurso o en sus pliegos

- Objeto del contrato

- Identificación del licitador Nombre, Apellidos y DNI o nombre de empresa y CIF en caso de sociedad indicar además datos de la persona que la representa, y firma original del mismo (y sello si se trata de una empresa). Se recomienda tener especial cuidado con la identidad del o de los licitadores, evitando confundir con nombres comerciales pero sin personalidad jurídica, algo bastante frecuente y que puede dar lugar a adjudicaciones con importantes errores formales que podrían llevar a la anulación del concurso.

- Contenido del sobre, a modo de índice, numerando los documentos incluidos a ser posible. (si lo piden en los pliegos que vaya en el exterior del sobre, si no entonces el índice puede ir dentro del sobre)

- Es conveniente hacer un índice numerado del contenido de la documentación que va en cada sobre, aún cuando aparezca también en el exterior del sobre, el índice debe estar firmado. Esto es útil tanto para la mejor organización de la documentación por parte de la empresa, como para facilitarlo al organismo público que tenga que examinar la documentación.

- Los documentos, deben ser originales o copias autenticadas. Puede hacerse ante notario, o en el registro donde se presente la documentación.

Algunos ayuntamientos compulsan documentación a 1 € la hoja y en algunos (pequeños) lo hacen gratuitamente. En cualquier caso valen los documentos compulsados por cualquier organismo público.

Si se hace la compulsa ante la entidad en que se presenta la documentación, hay que llevar los originales y las fotocopias para que el funcionario lo compruebe y selle y posteriormente poner las copias compulsadas en cada sitio (dentro de cada sobre).

Una copia compulsada no caduca en tanto no lo haga el documento del que es copia. Por tanto, no es mala práctica disponer de una cierta cantidad de compulsas de los documentos básicos de la empresa. Si la empresa ya tiene algún contrato con un organismo público, le será más fácil conseguir que le compulsen alguna documentación.

Algunos documentos ya llevan incorporado el código de verificación segura, con lo cual estos aunque sean fotocopias son válidos como originales (Certificado de estar al corriente del pago de Hacienda, Seguridad Social, impuestos).

Algunos documentos como título de estudios… pueden compulsarse en el mismo órgano que lo ha emitido.

A continuación se enumeran y explican la mayoría de documentos que suelen ser precisos a la hora de concursar, y se aconseja una lectura atenta de los pliegos, así como ir haciendo en paralelo un esquema claro de lo que se pide en cada sobre.

En el caso de UTEs, todos las empresas que se comprometan a constituirla tendrán que presentar sus respectivos certificados y declaraciones completos.

0- ÍNDICE del sobre, firmado y sellado

1- HOJA DE IDENTIFICACIÓN: En algunos concursos se pide, en otros no, pero siempre es bueno incluir como primer documento de este sobre una página con los datos de identificación y contacto, lo más exhaustivos posibles (teléfonos fijo y móviles, fax y correos electrónicos del personal directivo de la empresa, y del personal adjudicado a ese proyecto, si son muchos los que posiblemente se puedan contactar ante una urgencia), nº de expediente, objeto del concurso.

2- IDENTIFICACIÓN DEL LICITADOR: si se trata de una persona física, siempre se exige que se aporte DNI). Si es jurídica (sociedad), escritura de, constitución inscrita en el Registro Mercantil o en el registro que corresponda (cooperativas). En este último caso, como habrá siempre una persona física que firmará en representación de la empresa, se pide también su DNI y copia del poder de representarla.

3- DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICION PARA CONTRATAR es una declaración redactada y firmada por el licitador, en el que declara no estar incurso en ninguna de las causas de inhabilitación para contratar con la Administración y a veces se funde en una sola declaración con la presentada en el punto siguiente, por lo que habrá que leer con atención el pliego de cláusulas administrativas. ¿En qué consiste? En un mero escrito firmado por el licitador en el que declara ser ciertos tales extremos. En otra entrada hay un modelo, pero lo habitual es que cada pliego adjunte en anexo un modelo específico (particularizado a la comunidad autónoma en cuestión). Ahora bien, a veces se indica además que esa declaración sea “otorgada ante notario público u órgano administrativo o entidad profesional competente”. Esto quiere decir que habría que acudir a un notario para levantar un “acta de manifestaciones”, que consiste en firmar el susodicho papel delante del notario, y que éste recoja en un documento que la persona en cuestión afirma lo que se le pide en el pliego.

9- DOCUMENTO ACREDITATIVO DE HABER DEPOSITADO LA GARANTÍA PROVISIONAL su cuantía es siempre un 2% del precio base de licitación (incluyendo IVA), si en los pliegos dice que se dispensa entonces no hay que aportarla. Con este dinero se responde de la responsabilidad en que se incurre si después de presentarse a un concurso y resultar adjudicatario, el contrato no se pudiese celebrar por culpa del licitador; en ese caso, la garantía provisional será incautada, y si no hubiese sido obligatorio prestarla, se exigirá su pago a posteriori. * por nueva legislación la garantía provisional pasa a ser 0 €, salvo casos excepcionales.lo mismo que para el punto anterior. Suele pedirse que se explicite que se está al corriente del pago y de las declaraciones estatales, autonómicas y municipales, si corresponde. Ambos extremos deberán ser acreditados mediante certificaciones en caso de resultar adjudicatarios; en otras ocasiones, en vez de pedir declaración responsable, se pide directamente el certificado, o bien se da esa posibilidad para ganar tiempo más adelante. 

Hay varios modos de prestar la garantía, y los básicos son los siguientes, con sus correspondientes variedades:

- Se puede prestar depositando el dinero en metálico en el sitio que corresponda a cada entidad licitadora (Caja General de Depósitos En Madrid, se encuentra en la sede del Ministerio de Hacienda, en la calle de Alcalá 9, Consejería de Hacienda, cuenta corriente...), y allí nos darán un resguardo certificando que se ha depositado. Ese certificado (hay que quedarse con copia) es lo que se aporta en el sobre de licitación. Cuando se resuelva el concurso, si no se es adjudicatario, o bien se devuelve el certificado para presentarlo allí donde se depositó la garantía, o bien se reintegra por transferencia (con cierta demora.

- En lugar de dinero en metálico, se puede comprometer como aval (pignorar) “valores anotados” (acciones) o participaciones en fondos de inversión; quiere decir que la disponibilidad de estas acciones o fondos quedará en suspenso, de modo que no podrán ser vendidos mientras el aval esté activo, y que en caso de ejecutarse la garantía se perderán. La ventaja es que no requiere desembolsos y que el dinero puede seguir produciendo intereses, pero sin embargo queda limitada la liquidez del licitador, que tendrá esos recursos bloqueados mientras dure la prestación de garantía.

- Otra posibilidad es que se pida a un banco un aval en concepto de garantía. Se le debe pasar el modelo de aval bancario, para que lo haga tal cual lo piden, pues en caso contrario podría ser declarado no válido, y ser excluidos de la licitación. Al final, el aval es un documento en el que el banco se compromete a que si se incauta la garantía, aportará el dinero (y luego se lo reclamarán al avalado). Por lo general, los bancos conocen cómo funciona el asunto, y bastaría con informarse en aquél con el que se suela trabajar. Al final, la concesión del aval se parece a la de un crédito, y se debe firmar ante notario. El aval se materializa en un papel que se aportará en el sobre de licitación. Cuando se resuelve el concurso, el papel será devuelto, y al reintegrarlo al banco el aval quedará cancelado, o bien, si se ha resultado adjudicatario, se presentará un aval nuevo por una cuantía del 4% del precio de licitación.

- Los avales tienen habitualmente un coste de periodicidad trimestral, relacionado con el tipo de interés vigente, y la ventaja es que no se desprende uno del dinero, que sigue estando disponible.

- A largo plazo, si se va a concursar habitualmente, lo mejor y más cómodo es abrir una línea de avales con un banco, que viene a ser una preconcesión de aval hasta un límite dado que se pacta con ellos. Sólo habrá que firmar ante notario la constitución inicial de la línea, y a partir de ahí bastará con ponerse en contacto con el banco, pasarle los datos de la licitación concreta y el modelo tipo de que se trate, y en pocos días el aval estará listo, sin necesidad de volver a firmar ante notario. Esta línea valdrá también para las garantías definitivas, simplificando con ello el proceso. La obtención o no de la línea de avales dependerá de la confianza generada en el banco por nuestra situación económica, contratos en vigor, ingresos pasados... y de su relación con el importe pretendido para la línea.

-Hay otra forma por la que cualquier banco da un aval: se abre una cuenta, se deposita allí la cantidad avalada, y contra este depósito, se emite el aval, quedando mientras tanto esa cantidad congelada. Viene a ser igual que la constitución en la Caja General de Depósitos, pero con la ventaja de que mientras que en aquélla el dinero queda sin rendimiento, en ésta es posible pactar el depósito de la cantidad avalada en una cuenta de alta remuneración o en un fondo de renta fija.

4- DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ESTAR AL CORRIENTE DEL PAGO Y DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL

5- CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS lo normal es que este certificado se presente sólo si se es adjudicatario del contrato (ver el punto anterior). Tiene una validez de seis meses desde el momento de su expedición y se expide con firma digital por lo que sólo hay que aportar fotocopia. Se obtienen en la web de hacienda www.aeat.es telefono 901 33 55 33 se debe pedir a los efectos de contratar con organismos públicos. En el caso de que diga NEGATIVO es que hay deudas o impuestos no presentados por tanto tienen que investigar el problema y solucionarlo hasta tener el certificado POSITIVO, 6- CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CON LA SEGURIDAD SOCIAL Se obtiene en cualquier oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social, o bien por teléfono (901 502050), y se tarda del orden de una semana en expedirlos. También se pueden pedir por el sistema RED, que lo suele gestionar la asesoría que te lleve las nóminas. Tiene una validez de 6 meses. Si la empresa no tiene trabajadores dados de alta en la Seguridad social (son todos autónomos) no está de más pedir siempre el certificado ante la Seguridad Social. Hay mesas de contratación que lo exigen, y descalifican a quien no presente ese certificado en caso de haberse pedido (si sólo se ha pedido declaración responsable, no procede, desde luego).

- El estar al corriente del Impuesto de Actividades Económicas se certificará con la presentación de copia compulsada del alta en el Impuesto, y del último recibo, o bien, en su caso, declaración responsable de no estar sujeto a su pago por razón del volumen de facturación anual.


7- CERTIFICADO DE EXISTENCIA DE SEGURO se pide a la compañía de seguros con la que tienes contratada la póliza, es conveniente tener el certificado en lugar de la póliza que tiene más páginas y a veces es más difícil de entender. El certificado debe tener importe asegurado, condiciones, datos del asegurado y fecha de finalización.
 
8- INFORME DE ENTIDADES BANCARIAS consiste en que un banco con que tengamos relación comercial nos emita un informe en que dice que somos solventes... Hay jurisprudencia suficiente en el sentido de que los bancos no asumen ningún tipo de responsabilidad por emitir estos informes
 
10- CIFRA DE NEGOCIOS DE LOS ÚLTIMOS TRES AÑOS se trata de aportar una declaración con la relación con las cantidades facturadas por el licitador en esos tres años, sencillamente a través de una tabla, que, salvo que se indique algo en contra o se aporte modelo específico, será realizada libremente por el interesado. Se recomienda indicar importes, clientes, titulos de los trabajos, y alguna característica que demuestre que esos trabajos son parecidos a los que se licita.

El certificado de clasificación empresarial acredita por si solo la solvencia financiera, técnica y profesional de la empresa, pero recomendamos que se respondan una por una las exigencias de cada pliego.

Con respecto a dicho certificado, es exigible para contratos de servicios u obras superiores a 120.000 €, (a fecha 14-3-2011) pero para contratos de duración superior a un año, será exigible aunque no llegue a ese importe el precio de licitación, para obtenerlo hay que preparar un expediente (lo preparamos nosotros (www.infoas.es) que es estudiado por el Ministerio de Economía y Hacienda, a través de la Junta Consultiva, el estudio puede durar entre 15 días y 6 meses siendo el plazo más habitual unos 3 meses, por lo que la empresa que no esté clasificada cuando sea publicado el concurso en el que exijan clasificación poco puede hacer, aunque no todo está perdido.

11.- RELACIÓN DE TRABAJOS REALIZADOS DURANTE LOS ÚLTIMOS CINCO AÑOS ó TRES AÑOS: similar a lo anterior; se debe indicar objeto del trabajo, importe de la obra o servicio, clientes, fases desarrolladas y grado de participación....

12.- MEDIOS HUMANOS Y TÉCNICOS A DISPOSICIÓN DEL PROYECTO: estos parámetros tienen en todo caso que ver con la solvencia técnica, y no se nos deberían pedir indeterminadamente, sino como un umbral superado el cual se nos puede admitir a licitación; se trata de aportar una relación de PERSONAL que tiene la empresa a su disposición, su titulación o especialización o simplemente su experiencia, y MAQUINARIA necesarias para desarrollar los trabajos del concurso (vehículos, maquinaria de obra pública) equipos informáticos. Se puede acreditar mediante facturas o cualquier otro documento por ejemplo los vehículos por su documentación de tráfico. No viene mal añadir fotografías de los bienes, incluso del grupo de personal de la empresa (si se tienen) la imagen tiene mucho poder.
 
DOCUMENTACIÓN TÉCNICA Consiste en los documentos necesarios para explicar la propuesta técnica (anteproyecto, croquis...) con que se da solución al problema planteado en el concurso. A veces se pide adjuntar con la propuesta técnica los documentos para acreditar la solvencia técnica y financiera; otras, esta propuesta técnica irá en sobre aparte, y sobre su modo de presentación se dan en cada pliego instrucciones; breves memorias explicativas. Salvo que se pida explícitamente lo contrario, es buena práctica separar claramente los contenidos de esta propuesta, bien en una carpetilla, bien encuadernándolos en un volumen único claramente distinguible del resto de documentos que pueda haber en el sobre. Como ya se ha indicado, se recomienda empezar con una hoja que recoja y numere en un índice los documentos insertados en el sobre.

13.- PLAN DE TRABAJO: en el caso de que el tipo de contrato sea factible de ser organizado de varias maneras.

14.- MEDIDAS PARA ASEGURAR LA CALIDAD: aunque la empresa no tenga la ISO puede establecer pasos o procesos para asegurar la calidad de los procesos. En resumen, se trata de explicar cómo vamos a tratar de asegurar la calidad. Cada cual deberá prepararse un documento basado en su propia experiencia, en torno a posibles ideas como: reuniones de coordinación, nombramiento de responsables de proyecto, controles mutuos, fichas de autochequeo.
 
OFERTA ECONÓMICA Consiste en una declaración en que el licitador, debidamente identificado, declare conocer la licitación de referencia así como sus condiciones, y se comprometa a llevar a cabo los trabajos licitados por una determinada cantidad de dinero. La cantidad ofertada incluirá el IVA (o impuesto equivalente para las Islas Canarias, Ceuta y Melilla), y será una cifra cierta, es decir, expresada en una cantidad numérica de euros, y no en porcentajes respecto a ningún parámetro (salvo casos especiales, poco frecuentes). Se incluye en anexos un modelo tipo pero en los pliegos viene el suyo propio.

RECOMENDACIONES GENERALES Una vez que un empresario participe en unas pocas licitaciones, se dará cuenta de que todo viene a ser lo mismo, y con variaciones de formato en documentos y declaraciones según lo que se pida. Caben una serie de consejos que ayudarán a enfrentarse con una licitación pública:

- Aunque hay trabajos que se pueden presupuestar simplemente con los datos que aparecen en los pliegos es ALTAMENTE recomendable contactar con las personas que, para información vienen en los pliegos o anuncio del concurso, y hacer las preguntas que sean necesarias, incluso pedir nombres de otros funcionarios con los que se debe hablar para conocer los datos que éstos no te puedan facilitar.
- También visitar las instalaciones objeto del concurso para conocerlas y en base a ello poder presupuestar de forma acertada. Esta visita es importante también porque se proyecta hacia el organismo la imagen de la empresa y su credibilidad.
- En el caso de que la empresa vaya a presentarse a contratos de plazo superior a un año, o de importes superiores o incluso cercanos a los 120.000 € debe tener el certificado de clasificación empresarial, se lo gestionamos nosotros. www.infoas.es
- Es recomendable darse de alta en el ROLECE (lo gestionamos en http://www.infoas.es/ ) o tener preparada una carpeta con todos los documentos tipo debidamente actualizados: varias copias de las autorizaciones o inscripciones en registros, del DNI, CIF y del alta en el IAE compulsadas, y certificados de Hacienda, Seguridad Social que tienen una validez de 6 meses, escrituras, compañía aseguradora. Merece la pena dedicar una mañana cada seis meses a reponer todos los certificados, aunque en ese preciso momento no sean imprescindibles.
- También es una buena práctica acostumbrarse a pedir certificados de los trabajos que hagamos, sobre la marcha, y no esperar a que hagan falta para una licitación.
- Tener en el ordenador una carpeta actualizada con los documentos tipo que nos piden en cada caso, referidos a la actividad de la empresa: una lista completa de trabajos, con sus fechas, y un currículo gráfico, a ser posible según un esquema de fichas sueltas fácilmente actualizable o modificable, también fotografías de instalaciones, maquinaria, equipo humano.
- Ir poco a poco elaborando memorias relativas a los trabajos, modos de realizarlos, de organizarlos, de comprobar la calidad….de modo que cada nueva licitación sea la oportunidad para mejorar un poco lo existente.
- Tantear la opción de abrir una línea de avales, por ser el mecanismo más cómodo de hacer frente a las garantías.
- Realizar un cálculo de los costes de la empresa, personal y maquinaria de modo que se pueda conocer hasta donde se pueda bajar el precio en la oferta.
- Finalmente, sólo queda recordar que toda la documentación administrativa aportada a un concurso nos debe ser devuelta, así que si no se hace de oficio, habrá que solicitarlo tan pronto como se tenga noticia del fallo del concurso en cuestión (del cual debemos recibir notificación aún cuando no seamos los adjudicatarios).
 
Maribel Cruz infoas@infoas.es Tel: 91 446 25 21