miércoles, 26 de mayo de 2010

¿Se puede concursar con el justificante de presentación del expediente?

Respuesta: 
Si en el concurso no te exigen clasificación, puedes presentarte tanto si la tienes como si no.

En obras a fecha 4/10/2013 es exigible la clasificación para contratos de servicios de 200.000 €  y en obras a partir de 500.000 €.

Si es exigible la clasificación, se pueden presentar las empresas que lo deseen, pero la Mesa de contratación a la vista de la documentación presentada, deberá rechazar a las empresas que no cumplan los requisitos.

Para las empresas que no están clasificadas aún, pero que han presentado su expediente, el justificante de presentación del expediente es válido para presentarse a un concurso siempre que la empresa esté segura de conseguir su certificado de clasificación en un plazo relativamente corto de tiempo, porque si al ser requerido no se dispone de él, la empresa será rechazada, y si forma parte de una UTE, también será rechazada la UTE.

Otra cosa es en el caso que nos comentas, al estar tu clasificación vigente y haber presentado el expediente para la renovación de la Solvencia técnica o para el aumento de categorías te podrás seguir presentando con tu certificado vigente.

Al ser indefinidas las clasificaciones obtenidas ya no se emiten prórrogas 

Maribel Cruz infoas@infoas.es Tel: 91 446 25 21